Por: Dámaso Adames
Existe una gran confusión entre estos conceptos, principalmente entre nacionalidad y ciudadanía, que, aunque coinciden en los casos de personas originarias del estado dominicano o sea de los dominicanos, no es así cuando de extranjeros se trata.
Entre 1496 y 1498 se fundó una pequeña ciudad sobre la margen oriental del río Ozama, esa ciudad fue bautizada con el nombre de Santo Domingo, luego Nicolás de Ovando la mudo a la orilla occidental donde existe hoy.
1 origen del gentilicio:
El historiador Emilio Rodríguez Demorizi, en su libro seudónimos dominicanos consigna que, en una Real Cédula, fechada en 1621, se afirma lo siguiente: «Y este concilio provincial le podréis intitular dominicano…».
Luis José Peguero, el primer nativo de la isla en escribir una historia local hacia 1762, que tituló Historia de la conquista de la isla Española de Santo Domingo, afirmó que «los valientes dominicanos» habían sabido defender su Isla Española.
El padre Antonio Sánchez Valverde escribió su idea del valor de la Isla Española, publicada en Madrid en 1785, llamó a sus compatriotas «dominicanos o españoles criollos».
Queda establecido que desde el siglo XVII se usa el gentilicio de «dominicano» a todo aquel ciudadano nacido en la isla de Santo Domingo.
Por tanto, queda establecido que el gentilicio «dominicano» es la etiqueta con que se nombra a los miembros o componentes de la nación dominicana, que habita la parte este de la isla Hispaniola compartida con Aití.
2 la Nación:
Es un grupo de personas con historia, idioma, costumbres, usos similares, ciertos objetivos comunes, mitología común, etc.; reconocen como miembros de la misma comunidad y se autodefinen con un gentilicio, el hecho de existir un gentilicio desde el siglo 17 implica que nos reconocíamos como una comunidad diferenciada de españoles, franceses, holandeses e ingleses, etc.
3 la nacionalidad es:
Es la pertenencia a una nación, es un concepto más cultural que político y por tanto más permanente, que se identifica con el concepto de estado-nación, no se puede extender o endosar, ni regalar ni otorgar.
4 el estado:
Es la organización política, dotada de poder soberano e independiente, que integra la población de un país, todo estado está dotado de territorio delimitado con fronteras, soberanía y población, esta última normalmente está formada por gente originaria de ese lugar y extranjeros que se le suman, el estado dominicano surgió el 27 de febrero de 1844.
Designa también a todo aquel país soberano, reconocido como tal en el orden internacional, así como al conjunto de poderes y órganos de gobierno de dicho país.
5 la ciudadanía:
Es un concepto político y legal, tiene que ver con el reconocimiento de los derechos a una persona que no necesariamente forma parte de la nación.
Es la aceptación a participar en «igualdad de condiciones» en el estado de derecho junto con los nacionales; si es extranjero con algunas limitantes, si es nacional en plenitud de condiciones y derechos.
La ciudadanía es lo que otorgan los estados a los extranjeros y mucha gente confunde con nacionalidad, los hijos pequeños de esos extranjeros iniciaran un proceso de acoplarse a esa nación.
Existen naciones sin estado o que forman un estado formado por varias diferentes:
En Inglaterra conviven varias naciones, por ejemplo: Escocia, Gales; también en España conviven asturianos, andaluces, catalanes, canarios, vascos y gallegos; en Asia existe los, kurdistánes, tibetanos; en EEUU, apaches, sioux, navajos, pies negros, etc.